Sheinbaum quiere dar seguro social a 658 mil trabajadores de apps en México: esta es la reforma laboral presentada en la Cámara de Diputados

La reforma laboral impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el trabajo en plataformas digitales ha sido presentada en la Cámara de Diputados, con el objetivo de otorgar seguridad social y derechos laborales a más de 658 mil trabajadores en este sector. El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, dijo en la conferencia matutina de prensa, que es un avance para la protección de quienes generan ingresos mediante aplicaciones de transporte y reparto, sin afectar el modelo de negocio actual. La reforma también introducirá normas específicas que buscan garantizar la transparencia en los algoritmos, la protección contra despidos injustificados y la posibilidad de que los trabajadores mantengan su autonomía. Según El Financiero, esta propuesta se construyó en colaboración con organizaciones de trabajadores de plataformas digitales y empresas del sector.  Bolaños López informó que se contará con un plan piloto para su implementación, con una fase de prueba que concluirá en diciembre de 2025. Regulación sin afectar la flexibilidad laboral Uno de los puntos más relevantes de la reforma es que no elimina la flexibilidad que caracteriza a los empleos en plataformas digitales. El secretario Marath Bolaños López enfatizó que los repartidores y conductores podrán seguir organizando sus horarios y eligiendo la plataforma con la que desean trabajar, lo que responde a una de las preocupaciones más frecuentes dentro de este sector laboral. A pesar de que esta reforma establece derechos laborales, no todos los trabajadores serán considerados empleados formales. Según Infobae, aquellos que generen al menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México tendrán acceso a seguridad social completa, incluyendo afiliación al IMSS y prestaciones como atención médica, retiro y créditos de vivienda. Por otro lado, quienes no alcancen la meta, mantendrán su estatus de trabajadores independientes, pero con protección contra riesgos laborales. Seguridad social, transparencia y protección contra acoso La reforma también introducirá una serie de beneficios que antes no existían en la legislación mexicana para este sector. Algunas de las nuevas disposiciones incluyen: Además, se obliga a las plataformas a registrar sus contratos ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, lo que permitirá un mayor control sobre las condiciones en las que operan los trabajadores de aplicaciones. Fechas clave para la implementación de la reforma La reforma ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en diciembre pasado, lo que marca el inicio de su proceso de implementación. El secretario Bolaños, hoy también recordó las fechas clave para su entrada en vigor y son las siguientes: Este período de transición permitirá a las plataformas digitales y al Instituto Mexicano del Seguro Social adaptar sus sistemas para cumplir con la nueva normativa. México se convierte en pionero en la regulación del empleo digital Según Infobae, la Secretaría del Trabajo calificó esta reforma como “pionera en el mundo”, ya que establece un modelo híbrido en el que los trabajadores pueden acceder a derechos laborales sin perder su autonomía Cabe recordar que esta reforma se construyó sobre una base legal aprobada en diciembre de 2024, cuando la Cámara de Diputados dio el primer paso para reconocer a los repartidores de Uber, Didi y Rappi como trabajadores formales. En esa ocasión, se confirmó que quienes acumulaban un mínimo de 80 horas mensuales y hasta 48 horas semanales debían ser afiliados al IMSS, lo que permitía que accedieran a beneficios como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Nota tomada de: Xataka México

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Reforma laboral de plataformas digitales es publicada en el DOF, entra en vigor en 2025

Foto: Cuartoscuro Las nuevas reglas estarán vigentes a partir de junio del 2025, aunque el acceso a la seguridad social contempla un plazo adicional para la creación de un régimen de aseguramiento acorde a las características del modelo. Este martes 24 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma laboral de plataformas digitales y con ello, comenzaron a correr los plazos para su implementación. La modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) reconoce derechos laborales y establece criterios para el acceso a la seguridad social de repartidores y conductores de aplicaciones como Uber, DiDi y Rappi.  Las nuevas reglas estarán vigentes a partir de junio del 2025, aunque el acceso a la seguridad social contempla un plazo adicional para la creación de un régimen de aseguramiento acorde a las características del modelo, tales como la flexibilidad de prestar servicios en más de una plataforma digital o elegir horarios y días de trabajo. Estos son los plazos de implementación: La reforma de plataformas digitales incorpora un nuevo capítulo en la LFT con reglas especiales para el modelo de trabajo. De esta manera, los repartidores y conductores de apps tendrán acceso pleno a la seguridad social y derechos laborales cuando generen un ingreso equivalente a un salario mínimo mensual. Sin embargo, todas las personas estarán protegidas contra accidentes en el tiempo efectivo de trabajo, sin importar el nivel de ganancias.  De acuerdo con la STPS, estas disposiciones tendrán acceso la cobertura total de seguridad social y prestaciones alrededor de 272,000 personas de los 658,000 repartidores y conductores. Por otra parte, las personas que no alcancen ingresos iguales a un salario mínimo mensual serán consideradas trabajadores independientes, pero estarán cubiertos por las reglas relacionadas con desconexión o flexibilidad laboral. Flexibilidad y PTU La reforma de plataformas digitales otorga la libertad a los trabajadores para elegir el momento, el tiempo, el lugar y la cantidad de aplicaciones en las que desean prestar servicios, esta flexibilidad laboral fue uno de los elementos más demandados durante la discusión de la modificación a la LFT. El tiempo efectivo de trabajo se entiende como el momento en el que se acepta un pedido o viaje y se culmina, este concepto es clave para determinar los accidentes laborales y el acceso al reparto de utilidades (PTU). La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) será aplicable a repartidores y conductores cuando superan las 288 horas anuales de servicio, contabilizadas con tiempo efectivo de trabajo. De acuerdo con el STPS, el promedio de 288 horas es resultado de un factor de 0.75 de actividad efectivamente laborada; es decir, 45 minutos efectivos de trabajo por cada hora de conexión (los 15 minutos restantes equivalen tiempos de espera). Si esto se equipara a una jornada laboral tradicional de ocho horas, el tiempo efectivo laborado es de seis horas por día, 36 horas por semana y 144 por mes. En este caso, se mantiene el criterio de un trabajador eventual, el cual recibe PTU cuando haya prestado servicios por sesenta días (dos meses), eso se equipara a 288 horas anuales para repartidores y conductores. Nota tomada de: El Economista

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