Diputados aprueban que el SAT revise datos en tiempo de real de apps como Netflix, Amazon o Tinder: así es el nuevo artículo al Código Fiscal

Diputados de Morena y sus aliados aprobaron reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) que otorgan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso en línea, permanente y en tiempo real a los registros de las plataformas digitales. Según un reporte de Animal Político, el artículo 30-B obliga a empresas como Netflix, Amazon, Mercado Libre, Uber o Tinder a permitir que el SAT consulte información que “permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales”. El acceso aplicará a todos los servicios digitales definidos en la Ley del IVA, incluido streaming, comercio electrónico, aplicaciones de citas, clubes en línea, y educación a distancia. La medida fue aprobada con 348 votos a favor y 130 en contra y entrará en vigor el 1 de abril de 2026, para dar tiempo a las plataformas a adaptar sus sistemas. “Un gran hermano fiscal”: oposición y organizaciones alertan por invasión a la privacidad Durante la sesión en San Lázaro, legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano advirtieron que la reforma abre la puerta a una vigilancia masiva de la actividad digital. De acuerdo con Latinus, diputadas de oposición acusaron al gobierno de crear “un gran hermano que viola derechos humanos”, al permitir que el SAT acceda a datos como suscripciones, compras o transacciones sin orden judicial. El artículo 30-B también prevé sanciones, pues si una plataforma se niega a otorgar acceso, el SAT podrá bloquear temporalmente el servicio digital, lo que implicaría que los usuarios no puedan acceder a él mientras se resuelve la falta. Según Aristegui Noticias, esta disposición podría afectar tanto a usuarios como a pequeños negocios que dependen de plataformas para vender o anunciar productos. “Invasión total y permanente de la información de la ciudadanía” Las organizaciones Artículo 19 y la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) señalaron que la medida es desproporcionada y carente de salvaguardas legales. Según Artículo 19, el acceso en tiempo real del SAT representa “una interferencia descontrolada en el derecho a la privacidad”, al permitir obtener información sin necesidad de demostrar razones reales para hacerlo. Además, advirtió que el bloqueo de plataformas digitales podría traducirse en censura por medios indirectos, al restringir el acceso a espacios donde las personas se informan y expresan. La organización afirmó que, aunque la recaudación fiscal es un fin legítimo, debe realizarse de forma proporcional y sin vulnerar derechos humanos. Morena defiende la medida: combate a factureras y evasión de impuestos Los legisladores de Morena defendieron la reforma al considerar que fortalece la recaudación y combate las factureras. Alfonso Ramírez Cuéllar, vicecoordinador de los diputados federales de Morena, aseguró que “no hay vigilancia en la vida privada de las personas”, sino una obligación de declarar ingresos y gastos conforme a la ley.  “Esta es una de las reformas más profundas en materia tributaria, que busca evitar la evasión fiscal y atacar el fenómeno de facturas falsas” El presidente de la Comisión de Hacienda, Carol Antonio Altamirano, afirmó que el dictamen limita el acceso del SAT solo a información necesaria para comprobar obligaciones fiscales, y garantiza la protección de datos personales. Entre la fiscalización y la privacidad digital: lo que viene para 2026 Como anteriormente reportamos en Xataka México, el artículo 30-B busca “eficientar la tributación” en un sector que ha triplicado su recaudación desde 2020. Sin embargo, especialistas en derechos digitales advierten que la redacción no delimita claramente qué tipo de datos podrá consultar el SAT, lo que deja espacio para interpretaciones amplias. El documento del CFF 2026 confirma que el acceso en tiempo real se realizará “en los términos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general” y que el incumplimiento podrá derivar en bloqueos.  Nota tomada de: Xataka México

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El SAT podría tener acceso en tiempo real a Netflix, Amazon o Tinder: así sería la nueva vigilancia digital en México

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría obtener acceso en tiempo real a los sistemas y registros de plataformas digitales como Netflix, Amazon, Mercado Libre o Tinder, según la reforma al Código Fiscal de la Federación incluida en el Paquete Económico 2026. La medida, impulsada por la Secretaría de Hacienda, busca que las empresas permitan la revisión continua de sus operaciones para “verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales”, pero ha generado preocupación por el alcance que tendría sobre los datos personales y la privacidad digital de millones de usuarios.  Ante las críticas, la Cámara de Diputados propuso acotar el artículo 30-B del CFF para que el acceso del SAT se limite solo a información fiscal, aunque el proyecto mantiene la posibilidad de bloquear las plataformas que se nieguen a abrir sus sistemas. De acuerdo con la periodista Laura Brugés, esta medida afectaría la vida privada de los usuarios, pues publicó en su cuenta de X al respecto:  “¿Qué onda con esto? Se quieren meter hasta en nuestra vida privada… quieren tener acceso a lo que compramos y hasta con quién ligamos en Tinder o Bumble.” Brugés cita a la reforma al Código Fiscal de la Federación donde se propone que las plataformas digitales deban permitir a las autoridades fiscales el acceso en tiempo real a los datos que obren en sus sistemas. La pregunta es si ¿realmente el gobierno podría tener acceso a nuestra ubicación, historial de compras o datos personales? Lo que dice el dictamen: revisión en tiempo real, pero con fines fiscales De acuerdo con el dictamen del Código Fiscal de la Federación, la propuesta de la Secretaría de Hacienda busca “establecer la obligación de los prestadores de servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y en tiempo real a la información relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen.” El texto oficial explica que el objetivo es cerrar brechas fiscales, principalmente contra el comercio ilegal y la evasión de impuestos en plataformas digitales. También incluye que estos servicios abarcan streaming, intermediación entre terceros, clubes en línea, páginas de citas y enseñanza a distancia. Sin embargo, la redacción inicial no especificaba qué tipo de datos podrían ser consultados, lo que generó preocupación por un posible acceso a información personal sensible. Diputados buscan limitar el alcance: solo información fiscal Tras la polémica, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados ajustó el texto. Según El Economista, los legisladores propusieron modificar el artículo 30-B para dejar claro que el SAT podrá acceder “únicamente a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales”. El medio detalla que la intención de esta corrección es evitar abusos o interpretaciones amplias que permitan revisar información privada o ajena a la fiscalización. No obstante, el mecanismo de bloqueo temporal de plataformas en caso de incumplimiento se mantiene. Lo que dicen los diputados y el sector privado De acuerdo con un comunicado de la Cámara de Diputados, el presidente de la Comisión de Hacienda, Carol Antonio Altamirano, señaló que se está construyendo un marco fiscal “eficaz, justo y con total transparencia”. Pero durante las audiencias públicas, representantes del sector tecnológico manifestaron inquietudes. Según Talla Política, la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) pidió eliminar el artículo 30-B, advirtiendo que otorgaría a la autoridad “acceso directo, permanente y en tiempo real a todas las operaciones de las plataformas digitales”, lo que afectaría la privacidad de millones de usuarios. También la Cámara Nacional de la Industria Electrónica y la AMVO alertaron sobre el impacto en la seguridad y en la inversión digital del país, calificando la medida como “riesgosa e innecesaria”. Entre la fiscalización y la privacidad digital El documento del Ejecutivo aclara que el artículo 30-B pretende reforzar la recaudación y combatir el tráfico ilegal de hidrocarburos, pero su redacción cubre también apps de streaming, comercio electrónico y citas en línea. Esto significa que, en teoría, las autoridades podrían tener visibilidad sobre transacciones y consumos digitales, aunque no sobre los mensajes o ubicación de los usuarios. Aun así, la línea es delgada y ha provocado desconfianza. Como anteriormente reportamos en Xataka México, el SAT busca “eficientar la tributación” en un sector que ya triplicó su recaudación desde 2020, pero especialistas en derechos digitales han advertido que la medida “no delimita con claridad qué información podrá consultarse”, abriendo la puerta a una posible vigilancia fiscal excesiva. El dictamen del CFF será votado esta semana junto con la Ley de Ingresos 2026. Según el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, el artículo 30-B sigue contemplando que el SAT pueda acceder en línea y tiempo real a los registros de las plataformas y bloquearlas en caso de incumplimiento. Nota tomada de: Xataka México

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Procuraduría fiscal presentó denuncias por 54,688 millones de pesos contra factureras

Comparecencia de Grisel Galeano García, procuradora Fiscal de la Federación, ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.FOTO: Eric Lugo La Procuraduría Fiscal de la Federación presentó, en tres años, un total de 59 denuncias ante la Fiscalía General de la República (FGR) por el tema de las llamadas factureras, informó Grisel Galeano, titular del órgano.   Durante su comparecencia en la Comisión de Hacienda y Crédito Público, de la Cámara de Diputados, para hablar sobre la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) 2026 y la Miscelánea Fiscal, la funcionaria señaló que estas denuncias fueron por 54,688 millones de pesos. “Un punto medular es la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), pues durante años las factureras fueron la maquinaria del fraude, una industria del engaño que desvió miles de millones de pesos”, aseveró antes las y los legisladores. A detalle, la procuradora indicó que las denuncias que se presentaron en el 2022 sumaron un monto de 17,000 millones de pesos, mientras que en el 2023 se presentaron otras más por 21,700 millones de pesos. En tanto, en el 2024 se presentaron denuncias por un monto de 10,000 millones de pesos, mientras que en lo que va del año ya suman otros 5,600 millones de pesos. “Estas cifras equivalen a presupuestos completos de estados de la república. Cifras que pudieron ser hospitales, carreteras, universidades y becas”, condenó. En este sentido, aseguró que “nadie puede esconderse en lagunas legales” y que con las modificaciones propuestas no se busca presionar a los contribuyentes que ya cumplen, sino “cerrar la puerta a la evasión”. De acuerdo con los datos de la llamada “lista negra”, que fue creada en el 2014, al cierre de agosto pasado las factureras ya sumaban un total de 11,028 registros. Las modificaciones El Paquete Económico 2026 propone una serie de modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF) para endurecer el combate a las llamadas factureras y que se les pueda aplicar la prisión preventiva oficiosa. Uno de los puntos principales de la reforma al CFF es que se busca empatar dicho Código con el artículo 19 de la Constitución que establece que “cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales” amerita prisión preventiva oficiosa. La procuradora dijo que antes de esta reforma constitucional hubo casos de factureras en los que se extinguió el proceso penal, los acusados quedaron en libertad y pagaron menos de un millón de pesos, cuando el perjuicio al fisco fue de miles de millones de pesos. Detalló que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene 1,568 casos denunciados ante la Fiscalía General de la República (FGR) relacionados con prejuicios por la compraventa de facturas falsas.  “En 1,173 casos ya logramos judicializarlos, y en 565 casos ya por fin hay una vinculación a proceso. En 368 de los 565 casos se determinó procedente otorgar a los factureros por el Poder Judicial la extinción de su proceso penal”, detalló. De ahí que, explicó, era necesaria la reforma constitucional para que haya prisión preventiva oficiosa para factureras y ahora esta reforma al Código Fiscal. Recalcó que los cambios al Código Fiscal les permitirá reducir el incentivo de impunidad que hay para las factureras, además de “luchar contra este lesivo sistema”. Otra facultad que se adiciona son las visitas domiciliarias exprés que podrá realizar el fisco para verificar si los comprobantes fiscales emitidos por un contribuyente amparan operaciones reales y verificables. De esta manera, la autoridad podrá realizar estas visitas domiciliarias cuando tenga indicios de que una empresa está emitiendo falsos comprobantes fiscales y tendrá un plazo de 24 días para hacer la revisión y emitir una resolución. Por su parte, el contribuyente tendrá un plazo para contestar a la autoridad y demostrar que efectivamente se realizaron las operaciones por las cuales se emitieron las facturas o comprobantes. El resultado de esa revisión directa puede llevar no solo a que se le restrinjan al contribuyente, de manera definitiva, sus certificados y sello digital, sino incluso a que se le acuse por la vía penal, lo cual puede resultar en una sanción de tres a seis años de cárcel. Asimismo, otras de las facultades que se proponen otorgarle al fisco para combatir a las factureras es negar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a personas vinculadas con empresas fachada. ¿Qué es una facturera? Una facturera es una persona física o moral que compra facturas electrónicas de operaciones simuladas o inexistentes con el fin de reducir el pago de impuestos y defraudar al fisco reportando gastos falsos y menos. Las empresas que hacen estas facturas falsas y las venden a personas u otras empresas son conocidas como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). Nota tomada de: El Economista

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SAT avisa: más de 11 mil pesos de multa si no activas tu Buzón Tributario

Dicen que no hay plazo que no se cumpla, y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la fecha para habilitar el buzón tributario es hasta el 31 de diciembre de 2024, así que, para que no te ganen las prisas, recuerda activarlo si no quieres hacerte acreedor a una multa que puede ser de hasta 11 mil pesos. ¿Qué es el Buzón Tributario? El Buzón Tributario funciona como un canal de comunicación directa entre el SAT y los contribuyentes. Tiene el objetivo de simplificar las notificaciones de los actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera eficiente y segura. Al habilitar este recurso, los contribuyentes acceden a un portal privado y personalizado que ofrece diversos beneficios y se convierte en una herramienta útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales, proporcionando información valiosa que facilita el proceso a los contribuyentes. ¿Qué pasa si no doy de alta mi Buzón Tributario?, ¿de cuánto es la multa? Como te lo informamos hace meses, el SAT decidió extender el plazo a las personas físicas y morales debido a las dificultades que enfrentaron algunos contribuyentes para activar su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2023, y se cambió la fecha para antes del 31 de diciembre de 2024. El plazo está por vencer, así que no puedes relajarte porque la multa por no cumplir esta obligación oscila entre los 3 mil 850 y 11 mil 540 pesos, según el Código Fiscal de la Federación (CFF). ¿Para quién es obligatorio el Buzón Tributario? Es importante señalar que la obligación de habilitar el Buzón Tributario aplica a todos los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con excepciones para: Tienen la opción de hacerlo o no: Personas físicas, sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos. ¿Cómo activar tu Buzón Tributario? Activar tu Buzón Tributario es un proceso sencillo. Te explicamos cómo hacerlo: ¿Por qué es importante tener tu Buzón Tributario activo? Además de evitar sanciones económicas, contar con un Buzón Tributario activo te ofrece beneficios clave: Aunque tienes hasta  antes del 31 de diciembre de 2024  para completar este trámite, es recomendable que no esperes al último momento. La activación del Buzón Tributario no sólo te ayudará a evitar multas costosas, sino que también facilitará tu relación con el SAT y mejorará la gestión de tus obligaciones fiscales. Nota tomada de: Uno TV

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